Esposa pide pago a su esposo

26 de Abril de 2015

Existe una forma legal para que mi esposo me asigne una cuota mensual. Llevo 21 años de casada y mi matrimonio ha estado lleno de problemas, él es autoritario y agresivo. Destina el dinero solo para los alimentos y estudios de mis hijos, todo lo controla y no recibo nada de él. Últimamente estoy mal de salud, incluso tengo una bolita en mi seno y no puedo ir al médico, ya que no tengo recursos. Otra duda es que tenemos una casa comprada durante el matrimonio, pero sale solo a su nombre porque en la escritura dice que él es soltero. Quisiera saber si eso afecta el patrimonio de mis hijos, pues él tiene dos hijos mayores.

Ile,
Guayaquil

Respecto de la primera pregunta, de acuerdo con el numeral 1o del art. 349 del Código Civil, en concordancia con el art. 138 del mismo, que establece la obligación mutua de la pareja de suministrarse lo necesario para vivir, se debe alimentos al cónyuge y, por tanto, pueden demandarse en caso de que no se cumpla con esta, acudiendo a la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia.

En lo que concierne a la situación de los bienes de la sociedad conyugal, entran a esta todo lo que se adquiera a título oneroso. Por consiguiente, si el inmueble fue habido cuando usted ya estaba casada, aunque en la escritura de compraventa conste el estado civil de su cónyuge como soltero, esto no le quita el derecho que usted tiene sobre el mismo. Lo que habría que hacer es rectificar esa escritura, a fin de evitar que se enajene el bien sin su consentimiento, debiendo tomarse nota de esa modificación al margen de la matriz que contiene la venta y en el Registro de la Propiedad correspondiente. No hace falta que intervengan en la rectificación quienes fueron los vendedores. Por otro lado, debo aclarar que los hijos solo tienen una mera expectativa y no derechos sobre los bienes de los padres mientras estos viven. A usted le corresponde, en calidad de gananciales en la sociedad conyugal que tiene formada con su cónyuge, el cincuenta por ciento sobre todos los bienes de esta, y el otro cincuenta a su marido. Al fallecer este, su mitad debe ser repartida, por partes iguales, entre todos los hijos que tuviese dentro y fuera del matrimonio. (F)

Dra. Katia Murrieta,
Abogada. Telfs.: 231-1743, 231-2129.

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