Dos hijos del amante

21 de Julio de 2013

Mi amiga tiene 30 años, lleva once de casada y tiene tres hijos de 9, 4 y 1 año. El primer hijo es de su esposo, pero a los seis años de matrimonio descubrió que le fue infiel y ella le pagó con la misma moneda y quedó embarazada de su amante. Pasó el tiempo y seguía con él y volvió a quedar embarazada del amante, tuvo dos hijos de él. Luego terminó con él y le contó toda la verdad de los hijos a su esposo y la perdonó. El problema es que el examante la amenaza con quitarle a sus dos hijos por medio de los tribunales a través de su abogado. Quiero saber si su examante podrá quitarle sus dos hijos al confirmarse mediante la prueba de ADN que son suyos, aunque lleven el apellido de su esposo.

N.N.,
Guayaquil

Gracias por consultarnos. Comienzo por decir que los niños no son objetos para ser “quitados” por nadie y, menos, arrebatados de los brazos de quienes los crían con amor. Si el examante de su amiga desea reclamar, para sí, la patria potestad sobre quienes afirma son sus hijos (“conjunto de derechos que tienen los padres sobre los hijos no emancipados”, art. 283 Código Civil) y adquirir las obligaciones que esto conlleva, como la de darles alimentos, por ejemplo (art. 130 Código de la Familia, la Mujer, la Niñez y la Adolescencia), bien podría, de acuerdo con el art. 251 del primer código citado, impugnar el reconocimiento que ha hecho de ellos el cónyuge de su amiga.

Una vez concluido el juicio, esto es, determinada y declarada la paternidad a favor del solicitante, en el evento de que la prueba de ADN hubiese resultado positiva (art. 138 del Código de la Familia), el juez tendrá que resolver sobre quiénes deben ejercer la patria potestad del menor, que incluye su tenencia o cuidado. Para ello, deberá considerar las reglas que establece el art. 106 de este cuerpo legal, y, en el caso que usted plantea, de no haber acuerdo entre los progenitores, o si lo resuelto por ellos no es conveniente para los menores, el juez la confiará a la madre, cuando estos no hubiesen cumplido 12 años de edad, a menos que se pruebe que, con ello, se perjudicarían sus derechos.

Dra. Katia Murrieta,
Abogada,
Telfs.: 231-1743, 231-2129, 230-5780.

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